Al no aparecer en la web del Ayuntamiento de Lorca a fecha de hoy, procedemos a publicar el Reglamento Orgánico del Consejo Social de Lorca en la página web de la Plataforma por la Calidad del Paisaje de Lorca
Aquí se pueden ver los estatutos del Consejo Social de Lorca

Algunos artículos que nos llaman la atención del Reglamento Orgánico del Consejo Social de Lorca:
Artículo 7. Autonomía e independencia.
Se garantiza la plena autonomía e independencia de los consejeros en el
ejercicio de sus funciones en el ámbito del Consejo Social de Lorca.
Artículo 14. Comisiones de Trabajo.
- El Pleno del Consejo Social podrá crear las Comisiones de Trabajo que
resulten necesarias por razón de la materia. Cada Comisión estará compuesta
por un mínimo de tres miembros, que deben ser consejeros y que ejercerán
las funciones que les delegue el Pleno del Consejo Social, ajustándose
su funcionamiento a lo que establezca el Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Consejo Social de Lorca.
Disposición final única. Comunicación, publicación y entrada en vigor
(…) 5.- El acuerdo de aprobación definitiva y el propio Reglamento se publicarán
además en la página web del Ayuntamiento de Lorca.
